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Uso de Bitcoin será “totalmente opcional” en El Salvador, afirma Ministro de Finanzas

Según Alejandro Zelaya, los comercios no serán penalizados si no aceptan Bitcoin.

El uso deBitcoin y una billetera digital en El Salvador será "totalmente opcional", y los comercios que no acepten la Criptomonedas no serán sancionados, dijo el martes el ministro de Finanzas de El Salvador, Alejandro Zelaya.

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En unentrevista televisada Durante el programa “Frente a Frente” conducido por el periodista Moisés Urbina, Zelaya dijo que el dólar estadounidense se mantendrá como la principal moneda de referencia en el país, y será la que utilicen los empresarios, el Gobierno y todos los demás para su contabilidad.

Los comentarios de Zelaya contradecían el artículo 7 de laSe aprobó la ley de Bitcoin en junio, que estipuló que Bitcoin debe ser aceptado como forma de pago por "todo agente económico".

Cuando se le preguntó si era necesario eliminar ese artículo, Zelaya preguntó por qué y no amplió el tema.

El Banco Central de El Salvador no aclaró los asuntos el martes en unproyecto de consulta con normas técnicas para facilitar la aplicación de la Ley Bitcoin . El proyecto señala que las instituciones obligadas a cumplir con estas normas serán los bancos, cooperativas de crédito y sociedades de ahorro y crédito “interesadas” en brindar el servicio de convertibilidad de dólares y Bitcoin y viceversa.

En otrodocumento, denominado “Lineamientos para la Autorización del Funcionamiento de la Plataforma de Billeteras Digitales para Bitcoin y Dólares”, el Banco Central de El Salvador estipula que las billeteras deberán implementar políticas de conocimiento del cliente.

“Los clientes de la billetera digital podrán ser personas naturales y jurídicas residentes o no en el país que cumplan con los requisitos y estándares de conozca a su cliente y prevención de lavado de dinero y activos, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva”, precisa el documento, agregando que dichos requisitos serán “establecidos siguiendo las normas técnicas que para estos efectos emita el Banco Central y los tratados y convenios internacionales que se emitan al respecto”.

Andrés Engler