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Atención, prestamistas: la posible trampa fiscal de las DeFi

El Tío Sam podría cobrar impuestos sobre cada préstamo y reembolso de Criptomonedas, lo que podría sorprender a los usuarios y crear una trampa fiscal que podría perjudicar a la industria DeFi, que está surgiendo rápidamente. Este artículo es parte de la Semana de los Impuestos de CoinDesk.

Finanzas descentralizadas (DeFi) es un término general que se refiere a una categoría de actividades en las que las aplicaciones descentralizadas proporcionan servicios financieros utilizando una cadena de bloques para la liquidación de transacciones. Las características definitorias de DeFi son el funcionamiento sin intermediarios centralizados (es decir, se ejecutan con contratos inteligentes), la ejecución de transacciones entre pares y el uso de protocolos abiertos que permiten combinaciones flexibles de diferentes protocolos.

Existen muchas aplicaciones DeFi diferentes; este artículo se centrará en las transacciones de préstamos DeFi. Los usuarios suelen participar en muchas transacciones de préstamos diferentes en muchas plataformas diferentes, tratando de maximizar las tarifas o recompensas obtenidas en estas transacciones. Es posible que a estos usuarios no les sorprenda Aprende que las tarifas o recompensas están sujetas a impuestos, ya que los intereses obtenidos por préstamos de dinero normalmente estarían sujetos a impuestos. Pero la posibilidad de que el Tío Sam pueda cobrar impuestos sobre cada préstamo y reembolso de Criptomonedas puede tomar a los usuarios por sorpresa, creando una trampa fiscal que podría perjudicar a la industria DeFi, que está surgiendo rápidamente.

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Esta pieza es parte de CoinDeskSemana de impuestos

Muchos asesores fiscales han argumentado que, según las directrices fiscales que se aplican a los préstamos de valores desde hace décadas, los préstamos de Criptomonedas no deberían constituir intercambios gravables. Sin embargo, este argumento puede ser más sólido en el caso de los préstamos centralizados de Criptomonedas (CeFi) que en el de los préstamos DeFi. El IRS no ha proporcionado orientación sobre este tema, por lo que los contribuyentes se quedan con la incertidumbre.

Transacciones CeFi vs. DeFi

En una transacción de préstamo de Cripto centralizada, una parte centralizada presta Criptomonedas a los usuarios. Por ejemplo, un cliente podría usar BTC prestados para realizar una venta en corto. Después de que haya pasado un tiempo, el cliente reembolsará el préstamo, junto con una tarifa o recompensa basada en el monto del préstamo y el tiempo transcurrido entre el adelanto y la devolución del préstamo (similar a un pago de intereses).

En una transacción de préstamo DeFi, no hay una parte centralizada y de confianza que actúe como prestamista. En cambio, cualquier titular puede depositar la Criptomonedas que desee prestar en un fondo común mediante un contrato inteligente. Los prestatarios pueden entonces tomar prestada la Criptomonedas que se encuentra en este fondo común. Según el contrato inteligente, el prestamista recibirá el token nativo de la plataforma (por ejemplo, DAI, COMP o aTokens). Estos tokens nativos pueden canjearse posteriormente para que el titular pueda recibir de vuelta la Criptomonedas que proporcionó al fondo común más una comisión o recompensa similar al pago de intereses.

El préstamo de valores como modelo

El IRS ha concluido que las Criptomonedas se consideran bienes a efectos fiscales y no dinero. Aunque el préstamo de dinero y su devolución no suelen estar sujetos a impuestos, un préstamo de bienes sí puede estarlo. El IRS no ha proporcionado ninguna orientación sobre el tratamiento fiscal de las transacciones de préstamos de Cripto , por lo que los contribuyentes y sus asesores deben buscar analogías para determinar el tratamiento fiscal.

Las transacciones de préstamo de valores se llevan a cabo de manera muy similar a las transacciones centralizadas de préstamo de Cripto , por lo que son una analogía natural. Según la sección 1058 del código tributario, los contribuyentes que otorgan préstamos de valores generalmente pueden evitar el reconocimiento de ganancias imponibles si cumplen con ciertos requisitos. Sin embargo, un “valor” para este propósito se define como “cualquier acción de una corporación, certificado de acciones o interés en cualquier corporación, pagaré, BOND, obligación o evidencia de endeudamiento, o cualquier evidencia de un interés o derecho a suscribirse o comprar cualquiera de los anteriores”. Debido a que las criptomonedas generalmente no entran dentro de esa definición de valor, los contribuyentes generalmente no pueden confiar en la sección 1058 para las transacciones de préstamo de Criptomonedas .

A falta de una norma legal, los contribuyentes y sus asesores han recurrido a las normas de derecho consuetudinario que regían las transacciones de préstamo de valores antes de la promulgación de la sección 1058 en 1978. En un caso de 1926 llamado Provost v. United States, la Corte Suprema concluyó que una transacción de préstamo de valores debe ser tratada como un intercambio, en lugar de un préstamo, al menos en el caso típico en el que el prestatario obtiene un poder de disposición irrestricto sobre los valores adelantados.

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Normalmente, el tratamiento como intercambio significa que la transacción está sujeta a impuestos. Sin embargo, el IRS trató sistemáticamente los préstamos de valores típicos como transacciones libres de impuestos al definir ampliamente los parámetros del intercambio. El IRS trató el préstamo de valores como un intercambio diferido, considerando que el prestamista intercambiaba las acciones prestadas por diferentes acciones del mismo valor que luego se reembolsaban. Debido a que la propiedad prestada y la propiedad reembolsada no eran materialmente diferentes en especie o extensión, este intercambio diferido no resultó en el reconocimiento de una ganancia por parte del prestamista.

Si el IRS hubiera dividido la transacción en dos intercambios separados –primero un intercambio de los valores prestados por la promesa de pago del prestatario, y luego un intercambio separado de esta promesa por los valores pagados– probablemente habría resultado en un intercambio sujeto a impuestos sobre el préstamo y el pago porque la promesa de pago es materialmente diferente de los valores subyacentes.

Un prestamista de Cripto podría confiar en estas mismas autoridades para evitar el reconocimiento de ganancias en una transacción de préstamo de Cripto que, de otro modo, está estructurada para cumplir con la sección 1058. Se podría considerar que el prestamista está entrando en un intercambio diferido en el que, por ejemplo, los 3 BTC prestados se intercambian por otros 3 BTC que se reembolsan en un momento posterior. Siempre que el prestatario realice el reembolso utilizando la misma Criptomonedas, se podría argumentar que este intercambio diferido no debería dar lugar al reconocimiento de ganancias.

Sin embargo, como se mencionó anteriormente, en las transacciones de préstamos DeFi, el prestamista puede recibir el token nativo de la plataforma, que luego puede canjearse por la Criptomonedas prestada, pero también puede negociarse por derecho propio. Como tal, puede ser más difícil para un prestamista DeFi argumentar que ha participado en un único intercambio diferido de la Criptomonedas prestada por la Criptomonedas reembolsada, en lugar de un par de intercambios separados: una transferencia de la Criptomonedas por el token nativo, y luego la transferencia del token nativo para el reembolso de la Criptomonedas prestada.

Implicaciones más amplias

Gravar el préstamo y el reembolso de las Criptomonedas añadiría una cantidad significativa de fricción fiscal a las transacciones de préstamos DeFi y podría frenar el crecimiento de esta industria emergente. Aunque el IRS no ha proporcionado orientación, algunos otros países, incluidos el Reino Unido, Noruega y Australia, han llegado a la conclusión de que la concesión y el reembolso de un préstamo DeFi pueden dar lugar a ingresos imponibles, lo que da inicio a una tendencia negativa.

El Congreso debería intervenir y crear una excepción legislativa para los préstamos de Cripto similar a la que ONE a los préstamos de valores en la sección 1058. Una excepción de este tipo generaría certeza para los prestamistas de Criptomonedas y para la industria DeFi en su conjunto.

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Kevin Ross/ CoinDesk

Nota: Las opiniones expresadas en esta columna son las del autor y no necesariamente reflejan las de CoinDesk, Inc. o sus propietarios y afiliados.

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John Cobb