El Artículo 7 y el golpe de Estado latinoamericano de Bitcoin
La Ley Bitcoin de El Salvador convertirá a BTC en una moneda obligatoria y creará costos para los contribuyentes comunes, lo que difícilmente representa un avance hacia la libertad o el dinero gratuito.

Cuando escuché por primera vez que El Salvador había aprobado su Ley de Bitcoin el 9 de junio, me quedé atónito. Nunca se me ocurrió que algún gobierno nacional la aceptaría. Bitcoiny convertirlo en un medio de intercambio oficial. Como defensor desde hace mucho tiempo de lo que F.A. Hayek, el economista ganador del Premio Nobel, llamó "elección de moneda“Acojo con agrado el intento de cualquier nación de permitir que Bitcoin compita en igualdad de condiciones con su moneda oficial existente.
Pero cuando me volví haciaEl estatuto en sí, de dos páginas de largoMi entusiasmo se convirtió en consternación. Aunque algunas partes de la ley efectivamente equiparan al Bitcoin con el dólar estadounidense, la moneda oficial de El Salvador desde 2001, el artículo séptimo de la ley dice: «Todo agente económico debe aceptar Bitcoin como medio de pago cuando le sea ofrecido por quien adquiera un bien o servicio». En otras palabras, el Bitcoin no solo será una moneda de curso legal en El Salvador, sino... obligatorio ONE.
George Selgin es el director del Centro de Alternativas Monetarias y Financieras del Instituto Cato.
¿Elección obligatoria?
Obligar a las empresas a aceptar una determinada moneda es inusual y contradice por completo la filosofía hayekiana que impulsó el desarrollo de Bitcoin y motivó a tantos libertarios a adoptarlo. "¿Por qué?", preguntó Hayek.
¿No deberíamos dejar que la gente use libremente el dinero que quiera? ... No tengo objeción a que los gobiernos emitan dinero, pero creo que su pretensión de monopolio, o su poder para limitar los tipos de dinero en que se pueden celebrar contratos dentro de su territorio... es totalmente perjudicial.
Por desgracia, “limitar los tipos de dinero en que se pueden celebrar contratos dentro de su territorio” es precisamente lo que propone la Ley Bitcoin de El Salvador.
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Confusión sobre el 'curso legal'
A pesar de lo que muchos piensan, considerar ciertas monedas como de curso legal generalmente no significa más que, en lo que respecta a los tribunales, un deudor puede usar, por ejemplo, moneda de curso legal estadounidense para saldar una deuda pendiente en dólares estadounidenses, incluso si un acreedor prefiere que la deuda se pague de otra manera. Aunque no le entusiasmaban estas leyes, Hayek comprendía que eran comunes y, con notables excepciones, no eran especialmente gravosas.
Las leyes de licitación obligatoria o "forzada", como el Artículo 7, que obliga a todos a aceptar ciertos tipos de dinero para cualquier pago, son harina de otro costal. Históricamente, estas leyes casi siempre han sido utilizadas por gobiernos opresores y ávidos de ingresos, que a veces pretenden convertir su violación en un delito capital. SegúnDror Goldberg, un experto en la historia de las leyes de curso legal, legislación de curso forzoso:
Ataca la esencia misma de la libertad de intercambio y contrato. Dado que su implicación práctica ha sido típicamente obligar a los productores a vender toda su producción a cambio de papel, también puede constituir una grave violación de los derechos de propiedad. Es una norma que penaliza la conducta pasiva. Es, o debería ser, una norma controvertida, a diferencia de una norma que prohíbe la falsificación de moneda.
En la actualidad, la mayoría de los países no tienen leyes de licitación forzosa. Es perfectamente legal, por ejemplo, que un comerciante estadounidense rechace el curso legal.Todos los negocios que aceptan solo crédito lo hacen (solo algunas monedas y billetes de la Reserva Federal son de curso legal). Un negocio puede incluso exigir pagos en Bitcoin. En El Salvador, de igual manera, ya es legal que un negocio acepte solo Bitcoin : aunque es (y seguirá siendo) de curso legal para pagar deudas en dólares, el dólar estadounidense nunca ha sido una moneda de curso legal. El Artículo 7 es Sui generis.
¿Coerción sin víctimas?
Los defensores del Artículo 7 insisten en que realmente no implica coerción alguna. Señalan, en primer lugar, que el Artículo 12 de la Ley Bitcoin exime de ella a quienes, por hecho evidente y notorio, no tengan acceso a las tecnologías que les permitan realizar transacciones en Bitcoin. Sin embargo, la mayoría de los salvadoreños tienen teléfonos inteligentes, y las únicas otras "tecnologías" necesarias son acceso a internet y una o dos aplicaciones, que el gobierno planea proporcionar a quienes actualmente carecen de ellas.
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El gobierno también planea hacer posible que cualquier persona que reciba pagos en Bitcoin los convierta instantáneamente en dólares estadounidenses digitales y asuma cualquier riesgo cambiario involucrado, utilizando un "fondo fiduciario" de $150 millones que será administrado por un intercambio o "intercambio" dirigido por el gobierno.Casa de Cambio” establecido en Bancasel, el banco de desarrollo estatal de El Salvador. En efecto, la Casa de Cambio servirá como un gran corredor de bolsa, tomando el lado opuesto de las apuestas de Bitcoin de los salvadoreños, un negocio arriesgado porque un mercado alcista de Bitcoin puede ver relativamente pocas conversiones, mientras que ONE bajista, como el de esta semana, podría ver muchas más. Y aunque nominalmente será asumido por el gobierno, ese riesgo... en realidad correrán a cargo de los contribuyentes salvadoreños, quienes deberán asumir tanto el costo del fondo inicial como las pérdidas que se produzcan en él.
El atractivo limitado de Bitcoin
En lugar de insistir en que los salvadoreñosno T Teniendo en cuenta el artículo 7, los defensores de la Ley Bitcoin deberían preguntarse si hacer Tengan cuidado. La respuesta a la ley hasta ahora deja pocas dudas. Las quejas ya han obligado al presidente de El Salvador, Nayib Bukele, a desistir de su plan de que el gobierno pague a sus propios trabajadores en Bitcoin.
La respuesta a una encuesta reciente realizada por la Cámara de Comercio de El Salvador muestra, además, que más del 92% de los encuestados, y el 94% de los empresarios participantes, preferirían no aceptarla. La mayoría también afirmó no aceptar remesas y que planea convertir los Bitcoin que reciban a dólares. Impulsado por estas opiniones, un diputado del principal partido de la oposición de El Salvador ya ha presentado una demanda impugnando la constitucionalidad de la Ley Bitcoin .
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Pero quizás la mejor evidencia del limitado atractivo de bitcoin no sea otra que el propio Artículo 7. Después de todo, ¿sería Bitcoin realmente el medio de intercambio "perfecto"? Bukele Lo afirmó en una entrevista reciente, Y si los salvadoreños solo se beneficiarían al adoptarlo, el Artículo 7 simplemente no sería necesario. Hacer que la aceptación de Bitcoin sea gratuita, proporcionar la infraestructura, la Tecnología y la capacitación necesarias, y simplemente permitir que los salvadoreños lo usen sin penalizarlos, ya sea mediante impuestos sobre las ganancias de capital o de otro modo, debería ser suficiente para eventualmente "bitcoinizar" El Salvador.
Mientras siga vigente, el Artículo 7 debería recordarnos a nosotros y al pueblo de El Salvador que el presidente Bukele no está del todo convencido de su propia retórica.
Nota: Las opiniones expresadas en esta columna son las del autor y no necesariamente reflejan las de CoinDesk, Inc. o sus propietarios y afiliados.
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